miércoles, 4 de abril de 2018

BUENAS NOTICIAS : ESMA prohíbe la operativa con opciones binarias y restringe los CFD

La Autoridad Europea de Valores y Mercados Financieros acaba de hacer público las conclusiones de su propuesta sobre la restricciones a la comercialización de opciones binarias y CFDs. A continuación os compartimos el comunicado:
La ESMA acuerda prohibir las opciones binarias y restringir los CFD para proteger a los inversores minoristas  
La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha adoptado medidas que afectan a los contratos por diferencias (CFD) y las opciones binarias que se ofrecen a los inversores minoristas en la Unión Europea (UE). Las medidas adoptadas contemplan lo siguiente: 
  1. Opciones binarias: se prohíbe la comercialización, distribución o venta de opciones binarias a los inversores minoristas; y
  2. Contratos por diferencias: se restringe la comercialización, distribución o venta de CFD a los inversores minoristas. Esta restricción consiste en fijar límites de apalancamiento en las posiciones abiertas, adoptar una norma de liquidación por margen por cuenta; proteger del balance negativo por cuenta; impedir el uso de incentivos por parte de los proveedores de CFD; y advertir sobre el riesgo específico de una empresa de forma estandarizada.
De conformidad con el MiFIR, la ESMA solo podrá establecer medidas de intervención temporales cada tres meses. Antes de que concluya dicho periodo de tres meses, la ESMA estudiará la necesidad de prorrogar la validez de las medidas de intervención tres meses más.  


Notable preocupación por la protección de los inversores  
La ESMA, junto con las autoridades nacionales competentes (ANC), concluyó que existe una notable preocupación por la protección de los inversores con respecto a los CFD y las opciones binarias que se ofrecen a los particulares. Esto se debe a la complejidad y falta de transparencia de los productos; las características específicas de los CFD (apalancamiento excesivo) y de las opciones binarias (rentabilidad negativa estructural esperada y conflicto de intereses arraigado entre proveedores y clientes); la disparidad entre la rentabilidad prevista y el riesgo de pérdidas; y cuestiones relativas a la comercialización y distribución. 
Los análisis realizados por las ANC sobre las operaciones con CFD en distintos territorios de la UE ponen de manifiesto que las inversiones de entre el 74 y el 89 % de las cuentas minoristas suelen generar pérdidas, las cuales oscilan entre 1 600 EUR y 29 000 EUR de media por cliente. En los análisis de las ANC sobre las opciones binarias también se han detectado pérdidas constantes en las cuentas de los clientes minoristas. La Junta de Supervisores de la ESMA adoptó estas medidas el 23 de marzo de 2018. 
Steven Maijoor, presidente, afirma: 
«Las medidas que ha anunciado hoy la ESMA servirán para garantizar una mayor protección del inversor en la UE, ya que asegurarán un nivel mínimo común de protección para los inversores minoristas. Las nuevas medidas relativas a los CFD asegurarán, por primera vez, que los inversores no pierden más dinero del que invierten, restringirán el uso del apalancamiento y los incentivos y harán llegar una advertencia sobre el riesgo a los inversores. En cuanto a las opciones binarias, la prohibición acordada resulta necesaria para proteger a los inversores debido a las características de los productos. 
«La combinación de una promesa de alta rentabilidad con plataformas digitales en las que es fácil operar, y unos tipos de interés en mínimos históricos como telón de fondo, ha creado una oferta muy atractiva para los inversores minoristas. Sin embargo, la complejidad intrínseca de los productos y su excesivo apalancamiento —en el caso de los CFD— ha generado considerables pérdidas para este tipo de inversores. 
«Es necesario adoptar un enfoque paneuropeo dada la naturaleza transfronteriza de estos productos, y la intervención de la ESMA es la herramienta más adecuada y eficaz para abordar esta importante cuestión sobre la protección del inversor».  
CFD – medidas adoptadas 
 Las medidas de intervención de productos adoptadas por la ESMA con arreglo al artículo 40 del Reglamento relativo a los mercados de instrumentos financieros establecen lo siguiente: 
1- límites de apalancamiento en el momento de apertura de una posición de un cliente minorista establecidos entre 30:1 y 2:1, en función de la volatilidad del activo subyacente: 
  • 30:1 para los pares de divisas principales,
  • 20:1 para los pares de divisas no principales, el oro y los índices principales,
  • 10:1 para las materias primas distintas al oro y los índices bursátiles no principales,
  • 5:1 para los valores de renta variable individuales y otros valores de referencia,
  • 2:1 para las criptomonedas;
2- Una norma de liquidación por margen por cada cuenta, que unificará el porcentaje de margen (50 % del margen mínimo requerido) en el que se exige a los proveedores que cierren uno o más CFD de clientes minoristas;
3- una protección de balance negativo por cada cuenta, que ofrecerá un límite general garantizado a las pérdidas entre clientes minoristas;
4- una restricción de los incentivos que se ofrecen por operar con CFD; y
5- una advertencia estandarizada sobre el riesgo, incluido el porcentaje de pérdidas en las cuentas de inversores minoristas de un proveedor de CFD. 
Pasos siguientes  
La ESMA tiene previsto adoptar estas medidas en las lenguas oficiales de la UE en las próximas semanas y, a continuación, publicará un comunicado oficial en su sitio web. Seguidamente, las medidas se publicarán en el Diario Oficial de la UE (DO) y entrarán en vigor un mes después de la publicación, en el caso de las opciones binarias, y dos meses después, en el caso de los CFD. 
Si quieres puedes solicitarme el informe de la ESMA completo  a mi correo  comercialforex@gmail.com

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