A “grosso modo” las casas
broker son entes encargados de actuar como intermediarios en el mercado electrónico
entre compradores y vendedores mediante
una comisión, que puede ser fija o variable a través de diferenciales spread.
Al ser el FOREX un mercado de reciente creación (los orígenes
del negocio comercial electrónico del mercado de divisas los encontramos en
1999 cuando la corredora Matchbook FX promueve el primer ECN exclusivo para
operar divisas) operativo 24 horas al día, desde cualquier parte del mundo y de
forma continuada a través de redes electrónicas integradas, no teniendo sede en
un único país se dificulta unificar su regulación a nivel transfronterizo.
Por otra parte, en un
mercado descentralizado, la negociación no tiene lugar en un mercado regulado.
No es controlada por ningún órgano de gobierno central, no hay cámaras de
liquidación estructuradas para garantizar las operaciones y no hay ningún panel
de arbitraje para resolver disputas Los bancos centrales como la Reserva
Federal de EEUU o el Banco Central Europeo ofrecen cierto grado de supervisión.
Pero, en general, los mercados de divisas están mucho menos regulados que los
mercados de acciones o bonos.
Así se podría hablar de
una regulación unificada común para el mercado de capitales y otra de jerarquía
inferior que sería la de cada país
emitiría para la comercialización a través
de corredoras intermediarias dentro de su jurisdicción territorial.
Las corredoras
intermediarias sí es necesario que cuenten con una licencia para poder realizar
operaciones de corretaje financiero en cada país donde ejercen su licencia
empresarial, como cualquier otra empresa. Pero no requieren de una regulación
específica de su actividad puesto que no existe en todos los países, no
obstante los brokers minoristas de FOREX de cierto renombre están supervisados
en muchos países por las autoridades financieras nacionales, y aceptan
obligatoriamente un arbitraje en caso de cualquier disputa. Estos son
preferidos por los clientes en relación a aquellos que no tienen dicha supervisión.
Algunos países la
poseen, otros no, y es en estos donde la corredora encuentra su laguna
legislativa, pudiendo utilizar la regulación específica de otros instrumentos
financieros voluntariamente a fin de dar
mayor confianza al inversor o aprovechar ese vacío legal especifico para no estar sometidas a ningún tipo de regulación
respecto a su actividad empresarial, sin por ello poder determinarse que sean ilegales, pues se
amparan en dicho vacío legislativo.
En Estados
Unidos, Inglaterra y Suiza las casa broker deben estar obligatoriamente
registradas y eso genera un nivel de confianza importante a la hora de escoger
una casa broker para invertir nuestro dinero. En algunos paraísos fiscales
existen organismos reguladores pero de poca credibilidad.
En los Estados Unidos
(EE.UU.), los corredores están auto-regulados por la Financial Industry
Regulatory Authority (FINRA), una organización de autorregulación de la
industria del corretaje y la Securities and Exchange Commission (SEC).
Para aquellos
corredores que tienen su sede en el Reino Unido (UK), la tarea de regular a los
agentes cae bajo el ámbito de la Financial Services Authority (FSA), un órgano
cuasi-judicial.
Los estados miembros de
la UE tienen sus propios cuerpos normativos respectivos que siguen los
estándares recomendados en el marco legal establecido por la Unión Europea.
Estos son los principales organismos reguladores de control que garantizan que
los agentes rindan cuentas con un estándar fiduciario.
Actualmente en
Europa se cuenta con la creación del
MiFID I (Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros) desde 2007 y su
actualización a través del MiFID II en 2011, (Esta directiva de la UE entró en vigor el 1 de noviembre de 2007.) El
MiFID, conforma un organismo regulatorio
destinado a mejorar la competitividad de los mercados de capitales de la
UE y garantizar un mayor grado de protección de los inversores, presentando una
serie de nuevos requisitos que especifican cómo las empresas de inversión van a
realizar negocios con sus clientes en cualquiera de los países que conforman la
EEUU.
Otro paso más en
base a la protección del inversor minorista la forma la creación de La Retail
Distribution Review (RDR) es el nombre que da la Autoridad de servicios
Financieros de Reino Unido. El RDR afectará a todas las firmas que integran la
cadena de valor, desde los creadores de productos hasta los aseguradores o los
gestores de activos hasta las distribuidoras, como bancos, administradores de patrimonio o los
consejeros financieros independientes. Su objetivo es conseguir un cambio
estructural en la industria minorista de inversión, para que el consumidor
tenga más confianza en que el consejo que le dan y los productos que le venden
son los que mejor acoplan a sus necesidades. Su vigencia, a principios de 2013,
está acelerando los cambios en el mercado minorista de inversión de Reino
Unido.
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